Modelos de prevención de delitos: ética rentable

La implantación de Modelos de Prevención de Delitos (MPD), así como su propia gestión diaria una vez implantados, requiere que la empresa realice una inversión importante. Además, la activación de los mecanismos de control previstos en el Código penal (2015) puede conllevar, al menos durante un tiempo, una ralentización de los procesos de negocio. De ahí que sea comprensible la reticencia de algunos sectores empresariales frente a la implantación y gestión efectiva de MPD realmente idóneos.
Sin embargo, tal comprensible reticencia no es razonable. Por un lado, porque los administradores se arriesgan a una acción social de responsabilidad por no haber implantado un MPD o haber implantado uno defectuoso. Por otro lado, porque la reticencia –aun cuando finalmente permita la implantación del “mínimo MPD posible”- tiene graves consecuencias en la organización. Una implantación con desgana lanza un mensaje inequívoco de puertas adentro: esto es un trámite, la enésima traba burocrática.
No es eso lo que pretende el legislador penal de 2015: lo recuerda la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado (FGE). Con los MPD se trata de “promover una verdadera cultura ética empresarial”. La pretensión es que la ética de los negocios arraigue de verdad en las dinámicas de grupo de la empresa. En suma, que ética de los negocios y lógica del beneficio se muevan en el mismo plano.
Los administradores y directivos deben marcar la pauta asumiendo la cultura del cumplimiento normativo, para que esta no sea una cultura del “cumplo” y “miento”. De ahí que la FGE señale que la hostilidad de aquellos frente a los MPD, su ambigüedad o su indiferencia “traslada a la compañía la idea de que el incumplimiento es solo un riesgo que puede valer la pena para conseguir un mayor beneficio económico”. Hay que predicar con el ejemplo. No sólo implantando controles (que también, claro está) sino internalizando virtudes y haciendo que los subordinados las internalicen.
Al final, sólo la ética (y no la pura vigilancia) cambia realmente las cosas. Ello, sin embargo, no implica asumir un efecto colateral de disminución del beneficio. Implica entender que sólo el beneficio lícitamente obtenido es digno de tal nombre. Además, la cultura de los MPD va a ser muy rentable para las empresas cumplidoras y para las Administraciones públicas: haciendo los mercados absolutamente transparentes; y expulsando de ellos a los competidores no comprometidos con la erradicación de malas prácticas. Es lo bueno de la ética (y la de los negocios no habría de ser una excepción): que además sale a cuenta, es rentable. Por el contrario, crime does not pay. Pues eso.
Jesús-María Silva, catedrático de Derecho penal y socio de Molins&Silva.
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